{"id":51725,"date":"2017-12-06T14:33:00","date_gmt":"2017-12-06T20:33:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/?p=51725"},"modified":"2017-12-06T14:33:00","modified_gmt":"2017-12-06T20:33:00","slug":"cndh-ley-de-seguridad-interior","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/2017\/12\/06\/cndh-ley-de-seguridad-interior\/","title":{"rendered":"CNDH: Posicionamiento ante propuesta de Ley de Seguridad Interior"},"content":{"rendered":"<p><script src=\"\/\/pagead2.googlesyndication.com\/pagead\/js\/adsbygoogle.js\" async=\"\"><\/script><!-- BANNER ELORIENTE INCRUSTADO NOTAS --> <ins class=\"adsbygoogle\" style=\"display: inline-block; width: 300px; height: 250px;\" data-ad-client=\"ca-pub-1136171134853753\" data-ad-slot=\"7974633627\"><\/ins><script>\/\/ <![CDATA[\n(adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});\n\/\/ ]]><\/script><br \/>\nLey de Seguridad Interior<\/p>\n<p>eloriente.net\/CNDH<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\"><em><strong>Ciudad de M\u00e9xico a 04 de diciembre de 2017 <\/strong><\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">POSICIONAMIENTO DE LA CNDH<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">ANTE LA INMINENTE DISCUSI\u00d3N DE LA PROPUESTA DE LEY EN MATERIA DE SEGURIDAD INTERIOR EN EL SENADO DE LA REP\u00daBLICA<\/p>\n<p>dentro del proceso legislativo que se sigue para su eventual aprobaci\u00f3n, la Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos formula el siguiente POSICIONAMIENTO<\/p>\n<p>\uf095 La relevancia de las tareas que las Fuerzas Armadas llevan a cabo, desde hace m\u00e1s de diez a\u00f1os, como consecuencia de la cr\u00edtica situaci\u00f3n de violencia e inseguridad que ha enfrentado nuestro pa\u00eds, derivada de las actividades il\u00edcitas vinculadas a organizaciones criminales, ha propiciado que se plantee la conveniencia de emitir una ley en materia de Seguridad Interior como una v\u00eda para dar mayor sustento jur\u00eddico a tales tareas y proporcionar mayor certidumbre a las relaciones que se presenten entre autoridades y gobernados en este contexto.<\/p>\n<p>\uf095 Si bien la emisi\u00f3n de un instrumento normativo en materia de Seguridad Interior podr\u00eda explicarse en el contexto del abatimiento de la violencia, del combate a la inseguridad y el desarrollo de actividades il\u00edcitas, lo cierto es que la propuesta de Ley cuya aprobaci\u00f3n se plantea trasciende, por mucho, el \u00e1mbito estrictamente vinculado a la seguridad de las personas, generando el riesgo potencial de que pueda aplicarse discrecionalmente a cualquier tipo de actividad humana, en tanto la misma sea calificada de riesgo a la Seguridad Interior, sin que existan par\u00e1metros objetivos para ello.<\/p>\n<p>\uf095 En este sentido, la aprobaci\u00f3n de la propuesta de ley en los t\u00e9rminos en que se presenta, genera la posibilidad de que se vulneren derechos y libertades b\u00e1sicas reconocidas en favor de las y los mexicanos, adem\u00e1s de afectar el dise\u00f1o y equilibrio constitucionalmente establecido entre instituciones, \u00f3rganos del Estado y Poderes, al conceder al Poder Ejecutivo Federal facultades extraordinarias para ordenar, de manera discrecional, la movilizaci\u00f3n de las Fuerzas Armadas y aplicar condiciones de excepci\u00f3n a la convivencia democr\u00e1tica entre la sociedad mexicana.<\/p>\n<p>\uf095 Como este Organismo Nacional lo ha se\u00f1alado, en el \u00e1mbito del reconocimiento, respeto y protecci\u00f3n de los derechos humanos, los potenciales riesgos del dictamen que ser\u00e1 objeto de discusi\u00f3n son m\u00faltiples y de diversa gravedad.<\/p>\n<p>Tan s\u00f3lo por mencionar algunos, se podr\u00edan referir desde las imprecisiones conceptuales al mezclar el \u00e1mbito de la Seguridad Nacional con la Seguridad Interior; una definici\u00f3n sumamente amplia y ambigua de Seguridad Interior que permitir\u00eda configurar, pr\u00e1cticamente, cualquier conducta como un riesgo a la misma, para lo cual no habr\u00eda criterios objetivos sino una facultad discrecional gen\u00e9rica; la imposici\u00f3n de una reserva absoluta sobre la informaci\u00f3n que se genere lo cual har\u00eda nugatoria cualquier expectativa de transparencia; la falta de mecanismos reales y efectivos de rendici\u00f3n de cuentas; la posibilidad de que las Fuerzas Armadas realicen tareas de investigaci\u00f3n y prevenci\u00f3n de delitos; as\u00ed como la trasgresi\u00f3n a los derechos de reserva y secrec\u00eda en favor de las v\u00edctimas al obligarse a todas las autoridades a entregar cualquier informaci\u00f3n que sea requerida en este \u00e1mbito.<br \/>\n<script src=\"\/\/pagead2.googlesyndication.com\/pagead\/js\/adsbygoogle.js\" async=\"\"><\/script><br \/>\n <ins class=\"adsbygoogle\" style=\"display: block; text-align: center;\" data-ad-layout=\"in-article\" data-ad-format=\"fluid\" data-ad-client=\"ca-pub-1136171134853753\" data-ad-slot=\"8578966557\"><\/ins><br \/>\n<script>\/\/ <![CDATA[\n     (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});\n\/\/ ]]><\/script><br \/>\n\uf095 La emisi\u00f3n de una ley de seguridad interior en los t\u00e9rminos que se plantean contribuir\u00eda a mantener el estado actual de cosas, al favorecer el uso discrecional de las Fuerzas Armadas como base de una estrategia para abatir la violencia e inseguridad que se enfrenta, dejando de lado la necesidad de emprender acciones coordinadas y efectivas, desde los distintos niveles y \u00f3rdenes de gobierno, para fortalecer los recursos y capacidades de las polic\u00edas civiles, instancias a las que corresponde de manera exclusiva llevar a cabo las tareas de Seguridad P\u00fablica en t\u00e9rminos del art\u00edculo 21 Constitucional, M\u00e1s que atender las causas de la violencia y de la inseguridad en un contexto de prevenci\u00f3n, se estar\u00eda privilegiando un enfoque reactivo sustentado en el uso de la fuerza como la v\u00eda para recuperar la convivencia social pac\u00edfica en nuestra sociedad.<\/p>\n<p>\uf095 Esta Comisi\u00f3n Nacional ha insistido en que los problemas de seguridad y justicia que nuestro pa\u00eds enfrenta se deben abordar bajo un esquema amplio, en el que se traten de manera conjunta e integrada la parte procedimental del Sistema de Justicia Penal, junto con la estructura y esquema de procuraci\u00f3n de justicia, para concretar de manera pertinente el cambio de la actual Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica a una Fiscal\u00eda General aut\u00f3noma, independiente y eficaz, as\u00ed como determinar el tipo de polic\u00eda que asumir\u00e1 sustantivamente las tareas vinculadas a la seguridad p\u00fablica, precisando los modelos bajo los cuales se dar\u00eda su operaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Conclusiones similares han sido expresadas por expertos, acad\u00e9micos, organizaciones de la sociedad civil y constan en documentos tales como el Informe Preliminar de la Consulta Nacional sobre el Modelo de Procuraci\u00f3n de Justicia, elaborado por el CIDE, el INACIPE y el IIJ de la UNAM, presentado el mes pasado.<\/p>\n<p>\uf095 La necesidad de que se emita una ley sobre seguridad interior, as\u00ed como el alcance y contenido que, en su caso, deber\u00eda tener la misma, no pueden ser producto de decisiones coyunturales o pol\u00edticas. Tal y como este Organismo Nacional lo ha expresado de manera reiterada, sus contenidos deben ser respetuosos de la dignidad humana, del marco jur\u00eddico vigente en el pa\u00eds y encuadrarse dentro de una pol\u00edtica integral que incida positivamente en los problemas de seguridad y justicia que enfrentamos.<\/p>\n<h2>Por lo anterior,\u00a0la Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos<\/h2>\n<p>formula un respetuoso llamado a las se\u00f1oras y se\u00f1ores que integran el Senado de la Rep\u00fablica, para que con responsabilidad y plena conciencia sobre las repercusiones que tendr\u00e1n sus actos, hagan un examen objetivo y detallado de la propuesta de Ley de Seguridad Interior al amparo de lo previsto por el art\u00edculo 1\u00ba Constitucional y con estricto apego y al r\u00e9gimen competencial y de atribuciones expresas que consagra nuestro m\u00e1ximo ordenamiento. Ning\u00fan acto de autoridad puede contravenir o poner en entredicho las instituciones, libertades y garant\u00edas que sustentan nuestro sistema democr\u00e1tico.<br \/>\n<script src=\"\/\/pagead2.googlesyndication.com\/pagead\/js\/adsbygoogle.js\" async=\"\"><\/script><br \/>\n <ins class=\"adsbygoogle\" style=\"display: block;\" data-ad-format=\"autorelaxed\" data-ad-client=\"ca-pub-1136171134853753\" data-ad-slot=\"4595267748\"><\/ins><br \/>\n<script>\/\/ <![CDATA[\n     (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});\n\/\/ ]]><\/script><\/p>\n\n\t\t\t  <div \n\t\t\t  \tclass = \"fb-comments\" \n\t\t\t  \tdata-href = \"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/2017\/12\/06\/cndh-ley-de-seguridad-interior\/\"\n\t\t\t  \tdata-numposts = \"10\"\n\t\t\t\tdata-colorscheme = \"dark\"\n\t\t\t\tdata-order-by = \"social\"\n\t\t\t\tdata-mobile=true>\n\t\t\t  <\/div>\n\t\t  <style>\n\t\t\t.fb_iframe_widget_fluid_desktop iframe {\n\t\t\t    width: 100% !important;\n\t\t\t}\n\t\t  <\/style>\n\t\t  ","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ley de Seguridad Interior eloriente.net\/CNDH Ciudad de M\u00e9xico a 04 de diciembre de 2017 POSICIONAMIENTO DE LA CNDH ANTE LA INMINENTE DISCUSI\u00d3N DE LA PROPUESTA DE LEY EN MATERIA DE SEGURIDAD INTERIOR EN EL SENADO DE LA REP\u00daBLICA dentro del proceso legislativo que se sigue para su eventual aprobaci\u00f3n, la Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3381,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[1588,22,49,32,35,10,24],"tags":[1893,4870,217,8818,75],"class_list":["post-51725","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-comunicados-y-boletines","category-derechos-humanos","category-destacadas","category-entradas","category-secciones-oriente","category-lo-mas-reciente","category-mexico-y-el-mundo","tag-cndh","tag-comision-nacional-de-derechos-humanos","tag-derechos-humanos-2","tag-ley-de-seguridad-interior","tag-senado-de-la-republica"],"jetpack_featured_media_url":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/CNDH.jpg","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51725"}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=51725"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51725\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":51726,"href":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51725\/revisions\/51726"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3381"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=51725"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=51725"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.eloriente.net\/home\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=51725"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}