Por: Adrián Ortiz Romero

+ Oaxaca no se necesitó eso para dar impunidad

Pareciera una nota digna del Día de los Santos Inocentes, la relativa a que en cierta parte de algún país, sus legisladores decidieron cambiar la ley para beneficiar a un grupo de personas que, días antes, habían quebrantado el orden de la peor forma posible. Aunque parece nota de risa, de guasa o hasta de mordacidad, lo cierto es que eso, abominable y hasta increíble, es lo que sucede en la Ciudad de México con la reciente reforma que su Asamblea Legislativa dispuso al Código Penal para premiar a los provocadores de los disturbios del pasado 1 de diciembre.

En efecto, el pasado miércoles la Asamblea Legislativa del Distrito Federal determinó que las 14 personas presas por los disturbios del pasado 1 de diciembre podrán quedar en libertad bajo fianza luego de que se reformara el artículo 362 del Código Penal para el Distrito Federal, que contiene el delito de ataques a la paz pública, por el cual son acusados.

De acuerdo con el periódico Milenio, con las modificaciones realizadas por los diputados, la penalidad de dicho ilícito será de dos a siete años, y no de cinco a 30, como actualmente establece la ley, por lo que este delito dejará de ser considerado grave y los acusados podrán continuar su proceso en libertad.

Otro añadido al apartado 362 indica que las personas que reincidan en esta falta no contarán con el beneficio de la libertad bajo caución, promovido por el grupo parlamentario del PAN, que en un principio buscaba que la redacción incluyera el agravante de bombas molotov. Sin embargo, los legisladores determinaron que el artículo 362, incluido en el título vigésimo séptimo “Delitos contra la seguridad de las instituciones del Distrito Federal”, capítulo segundo, quedara de la siguiente manera: “Se impondrán de dos a siete años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por 10 años, a los que mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, por inundación o violencia, realicen actos en contra de las personas, de los bienes públicos o privados o servicios públicos que perturben la paz pública. La reincidencia se estará (sic) a lo que establezca este Código.”

Siguiendo lo publicado por Milenio, en esta nueva redacción también se modificó la alusión al presunto responsable de este delito, ya que en el anterior enunciado se refería al sujeto en particular, mientras que ahora se indica en plural, con lo que se deja sin efecto el agravante de “en pandilla”, con el que actualmente cuentan los procesados.

De igual forma, los asambleístas decidieron eliminar la parte que hacía mención a la administración capitalina, pues el artículo 362 aprobado en 2002 establecía: “Se le impondrán de cinco a 30 años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por diez años, al que mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, inundación o violencia extrema, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que perturben la paz pública o menoscaben la autoridad del Gobierno del Distrito Federal, o presionen a la autoridad para que tome una determinación.”

El efecto que tiene esta decisión, es que los procesados por los disturbios del llamado 1DMX (o el primer día de gobierno de Enrique Peña Nieto) obtendrán su libertad, ya que la nueva redacción de la ley es más benévola que la anterior. Y aunque en términos generales una ley no puede ser aplicada retroactivamente, la interpretación en sentido contrario del artículo 14 constitucional sí permite que ésta sea aplicada a un hecho anterior a la entrada en vigor de la norma, cuando la nueva redacción legal beneficia al particular.

 

COSTOS INIMAGINABLES

Ayer mismo, la columna Templo Mayor, del periódico Reforma, de modo irónico sentenciaba lo siguiente: “¿Quiere usted realizar un narcobloqueo en el Periférico y otro en pleno Paseo de la Reforma? ¿Le gustaría rociar gas nervioso en la flamante Línea 12 del Metro? ¿Y qué tal prenderle fuego al Ángel de la Independencia? Bueno, pues véngase al Distrito Federal porque aquí se puede hacer todo eso –¡y más!–, sin recibir castigo alguno… siempre y cuando diga que es parte de una protesta social. Si acaso lo llegara a capturar la Policía, bastará con que pague una fianza para salir libre. Suena descabellado pero eso fue, en realidad, lo que ayer aprobaron los diputados de la Asamblea Legislativa del DF, quienes reformaron el artículo 362 del Código Penal… ¡sólo para 14 personas!

“Los asambleístas suavizaron el castigo para el delito de “ataques a la paz pública” a fin de beneficiar y liberar a los detenidos por los actos vandálicos del 1o. de diciembre en el Centro Histórico. Con esta decisión los legisladores hacen gala de sumisión a Miguel Mancera, pues de un plumazo tapan las ineficiencias del gobierno capitalino en la captura y consignación de los detenidos, así como las de la jueza que dio por buenas pruebas más que dudosas. Ahora nomás es cosa de que el GDF publique la reforma en la Gaceta Oficial para que los llamados “presos políticos” salgan corriendo de la cárcel. Y aquí no pasó nada.”

Las posibilidades de un asunto tan delicado como éste son inimaginables. Todo esto, claro, además del pésimo antecedente que genera el hecho de que un cuerpo legislativo decide cambiar todo un precepto con tal de beneficiar a personas que están procesadas por diversos delitos relacionados con la perturbación al orden público. Y es que en otros casos, como lo fueron los disturbios ocurridos en 2006 y 2007 en Oaxaca, la autoridad se doblegó simplemente negociando la aplicación de la ley, pero no decidiendo cambiar toda una norma legal con tal de beneficiar a quienes, por cuestiones políticas, habían quebrantado la ley y dañado el patrimonio de terceros, pero a los que ahora intentaban proteger.

 

IMPUNIDAD INSTITUCIONALIZADA

Lo hecho por la ALDF implica un clarísimo signo de regresión. Como el gobierno de la capital de la República intentaba no ceder en el castigo (o al menos eso aparentaba), los diputados tomaron una decisión salomónica (para satisfacer al mecenas López Obrador, y para darse baños de pureza como supuestos protectores de la lucha y la resistencia social) que sin embargo demuestra lo descompuesta que está nuestra sociedad. Cambiaron la ley para proteger a quienes, a la vista de todos, rompieron el orden. ¿Cómo explicarán después la pulverización de la seguridad jurídica, y la anulación del Estado de Derecho, que generaron con su brillante reforma al Código Penal? (No. No es nota del Día de los Inocentes).