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8 de abril de 2013

eloriente.net (Oaxaca, Oax.) 8 de abril de 2013.- Este día se publicó en el Diario Oficial de la Federación (dog), el acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por el que se aprueba la modificación de la cartografía electoral respecto de la segregación de la Agencia Municipal de Santa Catarina Jamixtepec, para que se integre al municipio de San Miguel del Puerto, Distrito Pochutla, Oaxaca.

Como resultado de los trabajos de actualización cartográfica que de manera permanente se llevan a cabo, derivados por la creación de municipios y/o modificación de límites municipales, la Vocalía del Registro Federal de Electores en el Estado de Oaxaca, informó que la localidad Santa Catarina Jamixtepec (135) se encontraba indebidamente georeferenciada en la cartografía electoral. Dicha localidad se encuentra referida actualmente en la sección 823, del municipio de San Carlos Yautepec; sin embargo, durante un recorrido en campo y mediante el levantamiento de coordenadas geográficas, se detectó que dicha localidad en realidad se ubica en el municipio de San Miguel del Puerto, en la sección 1349, ambos municipios pertenecen al Distrito Electoral Federal 10.

De acuerdo a los antecedentes publicados en el DOF, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de enero de 2008, la Comisión Nacional de Vigilancia del Registro Federal de Electores del IFE, aprobó mediante acuerdo 2-215: 31/01/2008 los Lineamientos para los Casos de Afectación al Marco Geográfico Electoral, a través de los cuales la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores realizaría las adecuaciones a la cartografía electoral, derivado de los supuestos de afectación incluidos en dichos Lineamientos.

El 24 de enero de 2009, la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, aprobó el Decreto No. 741, mediante el cual se aprobaba la segregación de la Agencia Municipal de Santa Catarina Jamixtepec, para que se integrara al municipio de San Miguel del Puerto, Distrito de Pochutla, Oaxaca.

El dictamen técnico firmado por el Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores, Víctor Manuel Guerra Ortiz, advirtió que por tratarse de una georeferenciación indebida y no de un conflicto de límites municipales, se consideraba técnicamente procedente la reubicación física de la localidad Santa Catarina Jamixtepec (080), de la sección 843 del municipio de San Carlos Yautepec a la sección 1349 del municipio de San Miguel del Puerto.

La localidad Santa María Jamixtepec (080) con 134 ciudadanos en Padrón, referida actualmente en la sección 823 con un total de 942 ciudadanos en Padrón, del municipio de San Carlos Yautepec, se integrará al municipio de San Miguel del Puerto), sección 1349, que tiene un total de 371 ciudadanos en Padrón, ambos municipios pertenecientes al Distrito Electoral Federal 10.
Con esta reubicación geográfica, la sección 1349 quedará integrada con un total de 505 ciudadanos en Padrón, mientras que la sección 843 con 942 electores.
Consulta el acuerdo AQUÍ.