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2 de abril de 2013

eloriente.net (Oaxaca, Oax.) 2 de abril de 2013.- La mañana de este lunes 1 de abril de 2013, el presidente Enrique Peña Nieto firmó el decreto con el que se promulga la nueva Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que permite a los ciudadanos hacer uso de este instrumento cuando se cometan violaciones a sus derechos humanos.

En Palacio Nacional y en presencia del Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio; el Procurador General de la República, Jesús Murillo; el Presidente del Senado, Ernesto Cordero; del Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Juan Silva Meza; entre otros funcionarios federales, Peña Nieto afirmó que después de 172 de haber sido creado el amparo, se revitaliza el instrumento de control más importante de nuestro sistema jurídico.

“El juicio de amparo ha sido y es el principal instrumento de defensa de los derechos que las personas tienen para protegerse de los actos de la autoridad”, expresó el jefe del ejecutivo.

Entre los cambios que se concretan en la nueva Ley de Amparo, el Presidente de la República destacó que, primero, se amplía la esfera de protección a los derechos. Aseguró que el juicio de amparo procederá en contra de normas generales, actos y omisiones, por parte de los poderes públicos o de particulares en funciones equivalentes a las de autoridad que violen los derechos humanos reconocidos por la Constitución Federal y los tratados internacionales de los que nuestro país sea parte.

Asimismo, se dota de efectos generales a las sentencias de amparo que culminen en la declaratoria de inconstitucionalidad en la norma general, por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En materia de suspensión del acto reclamado, se obliga al órgano jurisdiccional a hacer un análisis ponderado de la apariencia del buen derecho y la no afectación del interés nacional, con el propósito de que no se otorguen suspensiones que causen más perjuicios sociales, que beneficios para el quejoso.

De igual forma se establece la obligación de los tribunales de fijar en las sentencias de amparo directo los términos precisos en que deberá pronunciarse la nueva resolución y, acorde con los nuevos tiempos, las promociones ya podrán efectuarse en línea, mediante el uso de la firma electrónica, lo que reducirá tiempos y costos en el acceso y administración de la justicia.




 

Después de casi dos años de discusión en el Congreso de la Unión, el pasado 20 de marzo la ley fue aprobada por el Senado de la República y enviada al Ejecutivo Federal. Tras su promulgación, el decreto entra en vigor a partir de este martes 3 de abril.

Consulta la nueva Ley de Amparo publicada en el Diario Oficial de la Federación AQUÍ.

 

Foto: Presidencia de la República