“Art. 2 … El Poder Público y sus Representantes sólo pueden hacer lo que la Ley les autoriza y deben hacer, lo que la Ley les ordena. Los particulares pueden hacer lo que la Ley no les prohíbe y deben hacer, lo que la Ley les ordena”: CPELSO

(www.eloriente.net, México, 11 de junio de 2015. Por: Alejandro Cruz Pimentel @acruzpi).- La obra del Centro Cultural y de Convenciones, sigue tropezando, mentira tras mentira. La Comisión de Transparencia (COTAIPO) resolvió el expediente del recurso de revisión donde ordenaba al Fideicomiso para el Desarrollo Logístico del Estado de Oaxaca (FIDELO) a que en un plazo de 10 días hábiles respondiera la solicitud de la información que versaba sobre los estudios previos a la etapa de construcción. A la letra dice: “… Se notifica a las partes (recurrente y sujeto obligado) la resolución de fecha veintiséis de mayo del año dos mil quince, correspondiente al recurso de revisión R.R.065/2015, adjunto el archivo electrónico que contiene la copia de la citada resolución. Siendo las 16:40 horas del día veintisiete de mayo del año dos mil quince. Certifico y Doy Fe. La actuaria adscrita a la Secretaria General de Acuerdos de la Comisión. ROSARIO TORRES MARTINEZ…”

El plazo se cumplió y no existe tal información a la vista de los oaxaqueños, a contrario sensu, en conferencia de prensa invitan al Maestro Francisco Toledo a que cuando quiera, está a su disposición. Hoy el titular del FIDELO se encuentra en desacato a una resolución de la COTAIPO misma que es definitiva e inatacable. El titular tiene responsabilidad administrativa al encontrarse violando el supuesto señalado en el artículo 77 fracción VII de la ley de transparencia estatal.

Por otra parte, el proceso de licitación viola en forma flagrante la Constitución General en su artículo 134, al señalar a los participantes el monto de los recursos para el pago de permisos y licencias y medidas de mitigación de impacto ambiental, mismos que deberán contemplar al integrar su propuesta, lo que atenta con lo señalado en el precepto: “…para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles…”. Lo que es más grave, descalifican a un licitante por no cumplir exactamente con los montos impuestos.

Las preguntas son, ¿A quién le corresponde pagar los permisos? ¿Es el FIDELO responsable de contar con los permisos, licencias y autorizaciones previos a la contratación? ¿O es el contratista? ¿Si a la fecha del concurso no cuentan con los permisos, cómo es que licitan la obra? ¿Esos recursos serán realmente para el pago de los permisos? ¿Las dependencias municipales facturarán al contratista o al Gobierno del Estado? ¿O es que están triangulando recursos?

Los conceptos se describen así:

  • CONCEPTO A-22 PERMISOS Y LICENCIAS.- DEBERAN CONSIDERAR UN MONTO DE $ 1,600,000.00
  • CONCEPTO A-24 MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEBERAN CONSIDERAR UN MONTO DE $1,000,000.00

Por otra parte, la obra real que licitaron y adjudicaron asciende a la cantidad de $ 159,644,404.91 (Ciento cincuenta y nueve millones seiscientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos cuatro pesos 91/100 m.n.) a la empresa TRENA SA DE CV. Conforme al fallo de fecha 22 de diciembre de 2014 y comprende los siguientes trabajos:

“Construcción del Centro Cultural y de Convenciones en la Ciudad de Oaxaca de Juárez (SEGUNDA ETAPA), comprendiendo los siguientes trabajos: CIMENTACIÓN, ESTACIONAMIENTO Y MIRADOR DE CONEXIÓN DE ESTACIONAMIENTO CON CENTRO DE CONVENCIONES (ACCESOS Y AREAS CIRCUNDANTES”

En otras palabras, la obra que realizarán solo afectará a la parte baja, lugar donde se pretende construir un estacionamiento de varios niveles y las conexiones para la parte de arriba, solo para eso alcanzará. En otras palabras, se cancelará el área de juegos actual y se dará paso a cambiar el uso del suelo; un espacio público, de todos, por un espacio privado.

Quienes conocen de obra pública, saben que no se podrá convocar a una licitación pública, si previamente no se cuenta con los estudios y proyectos de la obra, las normas y especificaciones de construcción, el programa de ejecución, y la suficiencia presupuestal. La existencia de una partida presupuestaria es requisito ineludible para la celebración de una licitación pública. Hoy nos están engañando a los oaxaqueños, el gobierno no cuenta con recursos suficientes para esta obra; Lo que se dice del Centro de Convenciones es una engañifa, no hay dinero. Este tipo de obras requiere un periodo de construcción bastante largo tomando en cuenta que la inversión representa varios cientos de millones de pesos, como 400 dicen.

Los hechos de esta semana avergüenzan a nuestro estado, lo señalan como un gobierno autoritario, enfrentar a los ciudadanos es lamentable. El gobierno tiene que acabar con esta engañifa, se hace exigible que muestre en un acto público, la información que los oaxaqueños quieren conocer. Debe pronunciarse sin tapujos y con la verdad. Si quiere seguir litigando la obra, entonces hay un culpable y es el titular del FIDELO.

Esta obra debe cancelarse como sucedió con el Tren Rápido “México-Querétaro”. La tibieza del Gobernador en el conflicto educativo no tiene contento al Presidente Peña Nieto y aunado a la mayoría de curules logradas por el PRI, es casi seguro que no habrá dinero para esta obra el siguiente año dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación. El Centro Cultural y de Convenciones es necesario pero tendrá que esperar a que llegue un gobierno que no ponga en vilo a los ciudadanos. Sus beneficios son indiscutibles.

@acruzpi

Centro Cultural y de Convenciones Oaxaca FB

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