eloriente.net/ Conapred

29 de julio de 2013

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) celebra la aprobación, publicación y entrada en vigor de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del estado de Sinaloa,  con lo que suman 22 las entidades que cuentan con un marco normativo antidiscriminatorio.
La ley que fue aprobada por el Congreso sinaloense enuncia 34 ejemplos de conductas que serán consideradas discriminatorias, de forma similar a las establecidas en el artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Y aclara cuáles conductas no serán consideradas como discriminatorias.
Detalla que las autoridades del gobierno estatal y municipal efectuarán distintas medidas para prevenir la discriminación, así como medidas compensatorias no discriminatorias dirigidas a grupos en situación de discriminación, que la ley determina.
Con esta ley se establece la creación del Sistema Estatal contra la Discriminación como un mecanismo permanente de concurrencia, colaboración, coordinación y concertación que tiene por objeto integrar la participación del Gobierno Estatal y los Gobiernos Municipales, así como los sectores social y privado en el cumplimiento de la ley.
El sistema será coordinado por la persona titular del gobierno de la entidad y se integrará por el Consejo Estatal contra la Discriminación y los Consejos Municipales contra la Discriminación, mismos que deberán quedar constituidos en un término de 90 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley y a los 20 días naturales contados a partir del día siguiente de la instalación de los Consejos señalados, deberán aprobarse los Reglamentos Internos que los regulen.
El Consejo Estatal, será presidido por el Gobernador del estado, e integrado por representantes de la Administración Pública local, mismos que la ley establece a detalle, así como una persona representante de la comunidad académica, y seis consejeros ciudadanos representantes de la sociedad civil.
Con la aprobación de esta ley se estipula que toda persona podrá presentar quejas y denuncias por presuntas conductas o acciones discriminatorias provenientes de cualquier órgano público, estatal o municipal, autoridad o servidor público, ya sea directamente o por medio de representante, ante el órgano interno de control correspondiente.
Mientras que es la Comisión Estatal de los Derechos Humanos el órgano con autonomía constitucional competente para integrar y resolver los expedientes de queja sobre la materia, con base en sus atribuciones, principios y procedimientos.
México registra avances en la cultura de la No Discriminación, por lo cual es loable la decisión del Congreso de Sinaloa.
El Conapred cuenta con una Ley Modelo para orientar a los congresos estatales para que presenten sus iniciativas y puede ser consultada en:
*Comunicado