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30 de marzo de 2013

eloriente.net (Oaxaca, Oax.) 30 de marzo de 2013.- En la sesión extraordinaria celebrada la noche del jueves 28 de marzo, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) aprobó los modelos de boletas, actas, documentación y material electoral a ocupar en el Proceso Electoral Ordinario 2012 – 2013, informó dicho órgano a través de un comunicado.

El IEEPCO informó que en dicha sesión también fueron aprobadas las características y medidas de seguridad que caracterizará el material a electoral y que «garantizan la certeza, confiabilidad, transparencia y credibilidad de las elecciones».

Destacó que el diseño del material que se utilizará en la jornada electoral del 7 de julio donde se elegirán a Diputados y Concejales a los Ayuntamientos, son prácticos y entendibles para los funcionarios de las Mesas Directivas de Casilla.

Cabe mencionar que por primera vez para una elección en el estado de Oaxaca, se utilizará la urna transparente y una marcadora reutilizable para otros procesos electorales.

Por otra parte, en la misma sesión el Consejo General aprobó declarar como fundada la queja presentada por el ciudadano Víctor Manuel García García contra el ciudadano José Escobar Gómez, por hechos que se consideran constituyen violaciones a la normatividad electoral local.

Después de ser presentada la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEEPCO, respecto del procedimiento sancionador especial derivado de la queja presentada por  García García en contra de José Escobar Gómez, el Consejo General declarara como fundada la queja impuesta y le impuso al ciudadano Escobar Gómez una multa de 300 días de salarios mínimos vigentes en el Estado, equivalente a 18 mil 414 pesos,  prevista en el artículo 281, fracción III, inciso b) del Código de Instituciones Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca.

También se impuso como sanción una amonestación pública al ciudadano Eduardo Farret Sampedro, Secretario de la Asociación Civil denominada “CESOL OAXACA A.C.”, y se les ordenó a ambos, el retiro físico de la propaganda en un plazo no mayor a 48 horas, a partir de la notificación.