(eloriente.net, México, 27 de mayo de 2015).- El día de hoy en sesión, la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (COTAIPO) resolvió un recurso de revisión contra el Fideicomiso para el Desarrollo Logístico de Oaxaca (FIDELO), lo que obliga a la dependencia estatal a transparentar la información para dar cumplimiento a los artículos referentes a la planeación y presupuestación del proyecto de construcción denominado «Centro Cultural y de Convenciones en la ciudad de Oaxaca de Juárez».

En un comunicado emitido a través de sus cuentas oficiales en redes, la COTAIPO menciona que la medida se apega «a lo relativo en los artículos 19, 20, 21, 23, 24 y 27 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, legislación de naturaleza federal».

Con la medida, el FIDELO deberá presentar los dictámenes, permisos, licencias, además de mostrar los derechos de propiedad que tuviere sobre el inmueble en el que se construirá el Centro de Convenciones, además de entregar información referente al proceso de licitación en cuya publicación se deben reflejar los montos atribuibles a la ejecución del proyecto (Artículo 19 y 19 Bis).

La dependencia estará obligada además, a mostrar las medidas de mitigación sobre los efectos negativos que la obra tuviere sobre el medio ambiente, de acuerdo a la evaluación de impacto ambiental (estudio previo que está obligado a realizar), de acuerdo a la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Artículo 20).

Por otro lado, será responsabilidad de la dependencia, hacer públicos estudios de preinversión que se requirieron para definir la factibilidad técnica, económica, ecológica y social de los trabajos, así como los recursos invertidos para la realización de estudios, proyectos y gastos de operación, aclarando que unidades o personas serán responsables de la ejecución de la obra, fechas de inicio y terminación de trabajos, además de incluir el costo estimado de dicha edificación (Artículo 21).

Se deberán transparentar los movimientos financieros realizados de acuerdo a su programa anual de obras públicas a través de CompraNet y su página oficial, debiendo presentar fechas y la forma en que fueron ejercidos los recursos públicos (Artículos 22, 23 y 24).

Finalmente la resolución obliga al FIDELO a socializar el proceso de adjudicación y procedimientos de contratación de la obra relacionada con el proyecto «Centro Cultural y de Convenciones» (Artículo 27).

Centro Cultural y de Convenciones @Gabino Cué Monteagudo

Imagen: @Gabino Cué Monteagudo

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