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24 de septiembre de 2015

El Pleno de la Suprema Corte determinó que el Ejecutivo y Congreso de Oaxaca han incurrido en omisión legislativa. (Controversia constitucional 38/2014).
Ello porque en marzo de 2014, venció el plazo que fijó el Congreso de la Unión, para que armonizaran su legislación, a la Reforma Educativa.

Disposiciones que buscan mejorar la calidad de la enseñanza, mediante la creación del Sistema Nacional de Evaluación y el Servicio Profesional Docente.

“Así es que tomando en consideración que no ha sido armonizada la legislación local a la reforma constitucional y las leyes generales que he mencionado, consideramos fundado el argumento que hace valer, desde luego existe la omisión legislativa que se impugna y desde luego, consideramos que se trata, he, una omisión legislativa absoluta de competencia obligatoria atribuible a los poderes ejecutivo y legislativo del estado de Oaxaca”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.

La decisión se adoptó a pesar de que el Gobernador del Estado ya envió una iniciativa sobre el tema. Pues persiste el incumplimiento, ya que no se ha armonizado la legislación local, a lo previsto en la Constitución y leyes generales en materia de educación.

“Decir que estaré de acuerdo con el sentido del proyecto, y me aparto de consideraciones, porque en mi opinión yo no lo manejo como omisión legislativa, sino como un incumplimiento a un mandato constitucional”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.

A mi nada más me queda la duda de que el gobernador del estado, el titular del poder ejecutivo del estado, ya presentó una iniciativa y si bien es cierto que el proceso legislativo se complementa con la publicación que también corresponde al poder ejecutivo, creo que ese es un acto que no puede serle imputado como una omisión”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN.

 “Lo cierto es que mientras este proceso no esté completo, esté publicada o publicadas las normas correspondientes, que den lugar a la armonización de todo el sistema educativo del estado de Oaxaca de conformidad con los mandatos constitucionales y de las leyes generales correspondientes, sigue existiendo una omisión legislativa”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

El Pleno estableció que el Congreso de Oaxaca, deberá subsanar la mencionada omisión, en el próximo periodo ordinario de sesiones que inicia en noviembre.

“Lo que estamos imponiendo es un plazo de 6 meses, donde se tendrán que hacer las actualizaciones, las armonizaciones, en caso de que esto no se cumpliera, la falta de cumplimiento del plazo creo que sí es revisable en la materia de ejecución, las adecuaciones materiales me parece que son materia de una segunda o posterior controversia”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.

Previamente el Pleno dejó pendiente determinar si la inconstitucionalidad que se determinó de algunos artículos de la Ley de Educación de Zacatecas, se hace extensiva a cerca de 40 artículos más, que se relacionan que el Servicio Profesional Docente, que no puede ser regulado por el legislador local.

José Luis Guerra García

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