Por: Miguel Carbonell

Un grupo de más de 130 mujeres y hombres académicos de las carreras de derecho y relaciones internacionales de 17 países, realizaron un estudio sobre la serie de propuestas de modificación a las competencias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que varios Estados de la OEA pretenden implementar, llegando a la conclusión de que dicha modificación es contraria al derecho internacional y viola la Convención Americana y la Carta de la OEA.

A través de un análisis y estudio jurídico exhaustivo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y del Estatuto actual de la CIDH , el documento contraviene la tesis que sostiene que la Asamblea General de la OEA tiene competencia plena para reformar el Estatuto actual de la CIDH sin su participación o incluso en contradicción con esta. El documento discute cuál debe ser el procedimiento adecuado, el foro más apropiado y el órgano competente para tomar dichas determinaciones.

Mediante la interpretación y análisis literal, teleológico e histórico de dichos documentos, así como de las reglas generales de interpretación del derecho internacional establecidas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, en particular la regla de la interpretación conforme al objeto y fin del tratado , se llega a la conclusión de que los Estados no pueden modificar por su propia iniciativa el Estatuto de la CIDH, y esta modificación solo puede ser adelantada tras la iniciativa de la propia CIDH, como requisito previo para ser debatida y decidida por los Estados miembros en el seno de la Asamblea General de la OEA.

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) es el marco más importante de defensa, promoción y protección a los derechos humanos de todos los habitantes de los 34 Estados miembros de la OEA. El SIDH cuenta con dos órganos para llevar a cabo sus funciones: La CIDH y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Washington y en San José de Costa rica respectivamente.

Desde hace dos años los Estados miembros de la OEA debaten un proceso de fortalecimiento que espera cerrarse el próximo 22 de marzo con una Asamblea General Extraordinaria de cancilleres. Sin embargo, esta reforma va en contra de la voluntad de la CIDH y es incompatible con el derecho internacional, pues se afectaría la independencia y autonomía de este órgano, y sobre todo, se vulneraría la propia capacidad de este órgano para supervisar a los Estados. En un proceso de reforma a la CIDH deben participar tanto la CIDH como los Estados miembros.

El documento titulado “Los límites jurídicos a las reformas al Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, será entregado a las autoridades de la OEA y a las cancillerías de los Estados miembros.

 

 

Leer el comunicado de prensa sobre el documento «Los límites jurídicos a las reformas al Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos»