(www.eloriente.net, México, 27 de agosto de 2015. Por: Alejandro Cruz Pimentel).- La falta de entendimiento del Derecho de Acceso a la Información (DAI) como un derecho humano y no como una concesión graciosa o benevolente del Estado, ha sido un elemento recurrente para litigarlo y que hoy lo tiene de cabeza ante la sociedad. Hoy en Oaxaca este derecho ha sido vulnerado desde el propio órgano garante. Por eso pedimos esta vez, un órgano integrado con visión hacia los ciudadanos y con altura de miras.

En el ámbito internacional, la Convención Americana sobre Derechos Humanos obliga a las autoridades a garantizar los derechos humanos y asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de estos, entre ellos el DAI. En la misma horizontal, el Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, protegen el derecho de las persona a buscar o atraerse de información. El DAI es un instrumento por el cual las personas pueden allegarse de información para tomar decisiones que impactan su vida, es un requerimiento para una vida plena de las personas. Es una herramienta para ejercer otros derechos.

Hoy, ya no es optativo litigar este derecho ante cortes internacionales, hay que aplicar los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano forma parte. Con la reforma constitucional en Derechos Humanos del 2011, se acabaron los artilugios con el reconocimiento de la progresividad de los derechos humanos. En reforzamiento a esto, la Reforma Constitucional de 2014 en materia de transparencia recoge y otorga mayor certeza a la garantía del DAI. A nivel local, la homologación a nuestra Constitución lo confirma.

Mucho hay que agradecer a la visión del Senado de la República, las reformas impulsadas fueron de gran calado para consolidar esta garantía ciudadana. Se reconocían las asimetrías en su ejercicio a lo largo del país; se reconocía que aún no estaba plenamente garantizado; se sabía la falta de homologación de las legislaciones locales; se reconocía la lealtad política y partidista de los comisionados. Por eso se tomó la decisión de impulsar una ley general para estandarizar los criterios mínimos en todo el país, dicho de otra manera, se “centralizó” el acceso a la información. Solo así podría ser realidad su ejercicio para cualquier ciudadano en todo el país. Los gobernadores y partidos jugaban en contra.

Entonces ¿qué sigue? Si ya quedo perfeccionado a rango Constitucional y protegido en otros instrumentos secundarios. ¿Cuál debería ser el papel fundamental del órgano garante?

Atender lo fundamental, hacerlo realidad, atacando sus principales problemas: la falta de una cultura gubernamental de transparencia y la falta de uso y conocimiento del acceso a la información por parte de los ciudadanos. Aquí está el cometido, socializar este derecho.

Sabemos que la existencia misma de documentos o sistemas de información, ha sido una condición necesaria pero no suficiente para el cumplimiento del DAI. Llevamos siete años con una ley de transparencia que, a mi particular punto de vista, no ha ayudado a impulsar este Derecho, mucho menos cambiado la lógica administrativa de los sujetos obligados. Debemos procurar un esquema progresivo para acelerarlo, hoy más que nunca se requiere a la transparencia como el componente para su apertura. Esto es por lo que se debe pugnar, el órgano garante debe establecer directrices para que el DAI impele a la transparencia como un valor organizacional, como una herramienta para su cumplimiento.

El carácter público de la información debe ser una realidad para perfeccionar los comportamientos, los procesos y las decisiones internas que incrementen la utilidad social de la misma, en otras palabras, información que sirva a los ciudadanos. Conforme al informe anual 2014 de la COTAIPO, solo el 9.23% solicito información pública de oficio, es decir, prevalece en los portales información que a la ciudadanía no le sirve. En contraste, el 62.25% de las solicitudes es a falta de información de interés para los ciudadanos. Por otra parte, el 26% de las solicitudes no obtuvo respuesta y se desconoce si hubo sanciones para los sujetos obligados. Oaxaca con una población de poco más de 3.8 millones de personas, de las cuales 2.6 millones son mayores de 14 años, el ejercicio del derecho de acceso a la información es restringido. Se recibieron 3,266 solicitudes lo que representa apenas 13 solicitudes por cada 10,000 habitantes. Los mecanismos para ejercer este derecho, han sido excluyentes; solo el 11 % de las solicitudes fueron tramitadas físicamente, lo cual hace apremiante un mecanismo regulatorio en las unidades de enlace, se confirma que en Oaxaca es inequitativo este Derecho.

De 3,318 solicitudes de información se generaron 526 recursos de revisión, apenas el 16%. Sin embargo, hay una grieta profunda donde el DAI se pierde al no poder identificar si este fue atendido. La falta de una evaluación cualitativa del cumplimiento a las resoluciones es un grave obstáculo para asegurar su cumplimiento, es decir, aun cuando los ciudadanos hayan hecho uso de las garantías y procedimientos legales a su alcance para salvaguardar su DAI, no se ve plenamente realizado. El viacrucis es largo y tortuoso todavía.

En la misma horizontal, solo se presentan valoraciones cuantitativas sobre las resoluciones, se presentaron 526 recursos, 393 fueron dirigidos al Poder Ejecutivo y el 58% fue para la SEVITRA. Sin embargo, no existe algún indicador que permita conocer la recurrencia de estos recursos o verificar la voluntad del sujeto obligado a atender este derecho fundamental. Es necesaria la creación de indicadores de gestión que permita visualizar las causas que generan obstáculos al DAI.

Se hace necesario pues, promover la cultura de la transparencia en las y los servidores públicos de los distintos Poderes y niveles de gobierno, para que produzca la prevalencia de la aplicación de criterios aperturistas en la toma de decisiones relacionadas con la entrega de la información. La realidad en Oaxaca, no se atiende anticipadamente la demanda ciudadana de información, nuestro gobierno no quiere hacerlo, no se difunden temas de interés público ni se explica sobre las decisiones tomadas. Ejemplos son muchos, el mejoramiento de la Calzada Porfirio Díaz, la adecuación del Auditorio Guelaguetza, la construcción del estacionamiento del Centro de Convenciones, el CIMO, las obras del Metrobus, etc. Hoy la autoridad pública prefiere la comunicación “reactiva”, como respuesta a una demanda, en lugar de la transparencia “proactiva”. Por eso vemos, espectaculares, spots de radio, medallones de taxis tratando de comunicar “a favor” de la construcción del Centro de Convenciones, lo mismo sucede con el nuevo IEEPO. Esto acaba por enfrentar a los y las oaxaqueñas y crear un escenario ríspido sobre un problema público.

Impulsar un esquema progresivo de transparencia pondrá por delante la obligatoriedad de difundir cada una de las decisiones de las autoridades públicas que afecten a la sociedad y no debería depender de si existen grupos organizados para demandar esta información o si existe voluntad política para difundir la misma. El caso más reciente es la aparición del “Frente en Defensa del Fortín” que a falta de información por parte de una dependencia gubernamental (FIDELO) se tuvo que organizar para presionar acceder a información. Más de 3 meses para proporcionar información pública.

En síntesis, se requiere un órgano encargado de promover la cultura de la transparencia y el acceso de la información más allá de los mínimos legales establecidos. En esta coyuntura unas acciones inmediatas al interior del órgano garante podrían ser:

  1. Impulsar los manuales de procedimientos y de operación, para que el órgano garante cuente con objetivos a corto, mediano y largo plazo y deje de estar a la deriva.
  2. Establecer los indicadores estratégicos y de gestión que señala el texto supremo, para poner por delante la evaluación del desempeño del órgano garante.
  3. Revisar el estudio de la Métrica 2014 para atender las debilidades y fortalezas en la dimensión institucional.
  4. Revisar el Índice de Acceso a la Información en México (IDAIM) para mejorar las prácticas y atender cada una de las variables.
  5. Impulsar la transparencia proactiva y el esquema progresivo de información a través de lineamientos claros para garantizar el Derecho de Acceso a la Información.
  6. Incorporar mecanismos para que las personas conozcan su derecho de acceso a la información y descubran la utilidad del mismo. Pero sobre todo que conozcan el destino y aplicación de los recursos públicos en beneficio de mejorar sus condiciones de vida.
  7. Una revisión exhaustiva de la normatividad estatal para hacer las propuestas conducentes que permita incorporar los criterios de transparencia y acceso a la información de rango constitucional. Esto sin duda, impelerá a la mejora de la gestión pública de los distintos poderes, órganos autónomos y Municipios.
  8. Establecer evaluaciones de procesos periódicas que permita facilitar la extracción de información, que enriquezca la comprensión de este derecho y refuerce su cabal cumplimiento. Encontrar aspectos susceptibles de mejora para cada uno de los sujetos obligados que compele a que este derecho humano se cumpla progresivamente.

Hoy la Junta de Coordinación Política decidirá el rumbo de este órgano garante, esperemos que no ponga en riesgo este Derecho y que a la larga no se fracture la institución.

@acruzpi

Congreso

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