Protesta en el exterior del Congreso del Estado sobre Matrimonio Igualitario

El Congreso de Oaxaca se convirtió en el vigésimo estado de la República en aprobar reformas a su Código Civil para garantizar el matrimonio entre personas del mismo sexo.

El dictamen aprobado por las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y Administración y Procuración de Justicia, reforma el Artículo 143 del Registro Civil para quedar de la siguiente manera «el matrimonio es el contrato civil celebrado entre dos personas, que se unen para realizar una vida en común y proporcionarse respeto, igualdad y ayuda mutua».

Al usar la tribuna los promoventes de la iniciativa, las diputadas Hilda Pérez Luis, Magaly López Dominguez y el diputado Noé Doroteo Castillejos, resaltaron el compromiso y obligación que el Legislativo oaxaqueño tiene con sectores que por años han sido discriminados y marginados, excluidos de sus derechos humanos.

Votación Congreso de Oaxaca sobre matrimonio igualitario

También se pronunció a favor de la reforma la legisladora Elim Antonio Aquino, al precisar que la comunidad de la diversidad sexual merece que sus derechos sean reconocidos.

En contra del dictamen se manifestaron la legisladora María de Jesús Mendoza Sánchez, al decir que está a favor de que los derechos de las personas con orientación sexual diferente se respeten, pero para quienes se deben buscar otras vías para poder garantizarlos.

En tanto el legislador Fabrizio Emir Diaz Alcázar, señaló la necesidad de llevar el dictamen a un mayor análisis y debate, porque existen temas de fondo y de forma que así lo amerita.

El dictamen establece que la exposición de motivos emitidos en diversas iniciativas presentadas por diputadas y diputados, hacen notar la necesidad de tutelar de manera efectiva los derechos de una minoría que ha sido víctima de discriminación estructural, estigmatización y diversas violaciones a sus derechos debido a su orientación sexual o identidad de género: la comunidad LGBTTT.

 

Reconocimiento de identidad de género

Con la reforma a varios artículos del Código Civil del Estado de Oaxaca, las personas que requieran su reconocimiento de identidad de género, podrán realizar el trámite ante las oficinas del Registro Civil.

Lo anterior se logra después que diputadas y diputados locales modificaron el texto de los Artículos 39, 136, 137, 137 Bis, Tercero y Cuarto del Código Civil para el Estado de Oaxaca, los cuales garantizan el respeto a los derechos humanos de las y los integrantes de la comunidad LGBTTIQ.

Para realizar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad de género y la expedición de un nuevo documento, las personas interesadas deberán presentar una solicitud debidamente requisitada, copia de acta de nacimiento primigenia y una identificación oficial, así como un comprobante de domicilio.

También deberán cumplir con requisitos como tener nacionalidad mexicana, 18 años cumplidos.

Para realizarlo, en ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnostico o procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género.

Se entiende por identidad de género a toda aquella convicción personal o interna, tal como cada persona se percibe así misma, la cual puede corresponder o no, a su sexo al nacer.

De igual forma el dictamen aprobado por la 64 Legislatura Local, establece que el acta de nacimiento primigenia quedará reservada y no se publicará ni expedirá constancia alguna, salvo mandamiento oficial o petición ministerial.