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OAXACA: PROFEPA asegura Camaleón Jackson, Cocodrilo de pantano y más en Cuilápam

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eloriente.net/Profepa

18 de diciembre de 2016

  • La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró 18 ejemplares de fauna silvestre vivos en el Barrio San Lucas, municipio de Cuilápam de Guerrero, Oaxaca, por no cumplir con las medidas de trato digno y respetuoso para los animales y no acreditar su legal procedencia.
  • El aseguramiento se llevó a cabo por no cumplir con las medidas al trato digno y respetuoso para los ejemplares y no acreditar su legal procedencia.
  • El cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletii), la tortuga japonesa (Trachemys scripta), la iguana verde (Iguana iguana) y la boa constrictor (Boa constrictor) se encuentran listados en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.

            Durante un operativo en materia de vida silvestre en el tianguis denominado “Baratillo de Cuilápam de Guerrero”, personal de la Delegación Federal de la PROFEPA en la entidad detectó la venta  de  ejemplares vivos de diferentes especies, los cuales estaban en jaulas, transportadoras y peceras con espacios reducidos que no permitían su libre movimiento.

Asimismo, los inspectores federales de esta Procuraduría observaron que los animales estaban expuestos al sol, al ruido y al movimiento de la vía pública. Por lo anterior se determinó realizar el aseguramiento precautorio.





 

            Los ejemplares retenidos son: 01 camaleón Jackson ( Trioceros jacksonii); 01 erizo vientre blanco (Atelerix albiventris ); 01 cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletii); 08 iguanas verdes (Iguana iguana), 02 tortugas japonesas (Trachemys  scripta), 01 tortuga pavorreal o pecho de carey (Trachemysvenusta); 01 pavo real (Pavo cristatus); 02 faisanes (Phasianus colchicus); y 01 boa constrictor (Boa constrictor).

Cabe señalar que el cocodrilo de pantano, la tortuga japonesa y la iguana verde son especies que se encuentran listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo la categoría Sujetas a Protección Especial (Pr); en tanto la boa constrictor está catalogada como Amenazada (A), mientras que el camaleón de Jackson se encuentra listado en el apéndice II de Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).

El artículo 420, fracción IV, del Código Penal Federal establece que el tráfico ilegal de ejemplares es un delito que se castiga con pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, además de que se aplican de manera adicional una pena de hasta de tres años de prisión y multa de hasta mil días cuando las conductas descritas se realicen con fines comerciales.

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BP/ 1143 – 16—Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 18 de diciembre de 2016.

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