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26/octubre/2014

En México el Derecho de Acceso a la Información (DAI), como lo conocemos actualmente, se incorporó mediante la reforma al Artículo Sexto Constitucional de diciembre de 1977. Como esta adición formo parte de los preceptos modificados en la reforma política de 1977, durante varios años se estimó que debía comprenderse como una prerrogativa otorgada exclusivamente a los partidos políticos. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación adoptó este entendimiento en sentencia dictada el 15 de abril de 1985, en la que negó el amparo solicitado por un particular. Eran tiempos en que los poderes Legislativo y Judicial eran controlados por el Ejecutivo. Un nuevo sentido se estableció cuando la Suprema Corte resolvió, en junio de 1996, la solicitud hecha por el Presidente de la República para que se investigaran los hechos acaecidos en el vado de Aguas Blancas, Guerrero. El cambio de interpretación consistió en darle el carácter de garantía social, necesaria para que la sociedad contara con la información que le permitiera sustentar un régimen democrático y, desde ahí, determinar que se trataba de que sus miembros tuvieran la certeza de que las autoridades públicas proporcionarían información de sus actividades para mantener una ciudadanía informada y apta para la democracia.

Finalmente, en una serie de resoluciones dictadas en enero de 1997, diciembre de 1999 y marzo de 2000, se consideró como una garantía individual limitada por lo intereses nacionales, los de la sociedad y el respeto a los derechos de terceros. Como vemos tuvieron que pasar más de 60 años después de promulgada la Constitución, para que tuviéramos consagrado el derecho a la información.
Es hasta el año 2002, que se aprueba en México la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG). A partir de ahí los ciudadanos tenemos derecho a conocer los documentos que obran en los archivos de la Administración Pública Federal (APF). También es hasta 2007 que se aprueban las adiciones al Artículo Sexto Constitucional, las cuáles entraron en vigor en junio de 2007. Resalta la aprobación y entrada en vigor, en un lapso de seis años, de 31 leyes de transparencia estatales y del D.F. En Oaxaca entró en vigor el 15 de marzo de 2008.

En el trayecto de la reforma constitucional, la frase: “El Estado garantizará el derecho a la información” duró dos décadas en el debate. Hecho que demuestra que la reforma constitucional es directamente proporcional con la modificación de la estructura del poder. En principio el acceso a la información era conocer los documentos administrativos particularmente del Poder Ejecutivo.

La aprobación de la Ley de Transparencia federal en 2002 fue de manera unánime y la reforma de 2007 estableció los estándares mínimos, varias entidades federativas ya habían dado sus primeros pasos al promulgar sus leyes estatales de transparencia, pero existían asimetrías de gran tamaño en las normas y capacidades institucionales. Oaxaca fue una de ellas, tuvo que “repromulgar” su ley en el 2008.

El 20 de diciembre de 2012, el pleno de la Cámara de Senadores, aprobó el Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reformas y adicionan diversas disposiciones de nuestra Constitución, enviándolo a la Cámara de diputados para los efectos constitucionales.

El 21 de diciembre de 2012, la Cámara de Senadores remitió a la Cámara de Diputados el expediente relativo; el mismo día, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la turna a Comisiones para su análisis, estudio y elaboración del dictamen correspondiente. Tuvieron que pasar más de 3 meses para que los distintos Grupos Parlamentarios pudieran consensar la reforma en materia de transparencia. Tuvieron a bien postergar su discusión casi 8 meses, se fueron al límite para pretender sacar un dictamen “fast track”, que a todas luces significaba un retroceso.

Pretendían ampliar la base de las reservas de información, lacerar la autonomía presupuestaria del IFAI, que el nombramiento de los comisionados fuera con la “no objeción” del Presidente de la República, que varios entes pudieran interponer recursos de revisión ante la SCJN, que 4 comisionados tuvieran título profesional de licenciado en derecho, que los actuales comisionados previa solicitud al Senado puedan continuar hasta finalizar su mandato. Finalmente ante la avalancha de cuestionamientos de las asociaciones civiles que venían participando en el tema desde casi un año atrás, no les quedo más que adecuarse a la minuta del Senado con ciertas modificaciones.

El hashtag “#TransparenciaYa” fue el estandarte para emitir posicionamientos en contra del retroceso en materia de transparencia, ya que el PRI con su aliado el PVEM habían “aplastado” con su votación en bloque en las Comisiones Unidas a la otras fracciones parlamentarias.

Las redes sociales, la sociedad civil y los académicos influyeron notablemente para que el dictamen con proyecto de Decreto aprobado por la Cámara de Diputados, no se subiera al Pleno. A los Diputados les acabó comiendo el tiempo, solo faltaban horas para que terminara su periodo extraordinario, esto evitó que pudieran defender su dictamen, y todo, por postergar la discusión durante 8 meses. La sociedad civil da muestra otra vez que ya no se puede legislar a espaldas de ella en los temas de relevancia para el país.

Posteriormente se llevó a cabo la designación de los comisionados en donde participaron, al final 158. Ante los recovecos que no pudo cubrir la reforma constitucional en el procedimiento de selección de los Comisionados, a petición del Grupo de acompañamiento de expertos académicos en el tema y con la abierta decisión de los Senadores de las Comisiones Unidas. Se estableció un procedimiento abierto, transmitido por el Canal del Congreso, con la exposición de motivos de cada uno de los aspirantes, después algunas preguntas de los Senadores y por último una pregunta por insaculación realizada por la sociedad civil.

Al final, este grupo de expertos entregó una lista de los 25 aspirantes con posibilidad de ocupar un cargo, bajo un análisis de profesionalización, experiencia y conocimiento del tema, entre otros. Las Comisiones Unidas del Senado determinaron de igual manera 30 finalistas para ocupar los cargos. Sin embargo, al final metió mano la Junta de Coordinación Política en el último trecho de las designaciones.

En la actualidad se discute la Ley General que deberá honrar la Reforma Constitucional. En la discusión están 4 iniciativas: la iniciativa de los Senadores Armando Ríos Piter y Zoé Robledo Aburto del Grupo Parlamentario del PRD; la iniciativa de dos organizaciones de la sociedad civil -Colectivo por la transparencia y México Infórmate-; la iniciativa del Órgano Garante del Distrito Federal – InfoDF – y la última del Órgano Garante Federal – IFAI-.

En un ejercicio democrático de total apertura de los Senadores de la República, este mes se instaló el grupo redactor de esta ley. Con algunos miembros distinguidos de la academia y de la sociedad civil. La finalidad señaló en Senador Alejandro Encinas, es llegar con una sola iniciativa de ley en consenso de las tres fuerzas políticas al Pleno. Se pretende que salga por unanimidad, como lo fue en el 2002.

En esta redacción se pretende honrar la Reforma Constitucional, establecer los principios, las bases y los procedimientos que permita consolidar el Derecho al Acceso a la Información Pública.

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Foto: Archivo ELORIENTE.NET

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