(www.eloriente.net, México, a 27 de octubre de 2015, por Valery López).- El pasado 05 de octubre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por completo la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Oaxaca. A raíz de ello, partidos, actores políticos, comunicadores, y ciudadanía en general se encuentran en una confusión respecto al marco normativo que regirá el proceso electoral de 2016.

En EL ORIENTE, con el fin de aclarar un poco el panorama, nos dimos a la tarea de hacer una pregunta concreta a las oficinas del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca ¿Cuál, o cuáles son las leyes que regirán el proceso electoral 2016 en Oaxaca? En respuesta a ello, encontramos lo siguiente.

Un par de días después de la resolución de la SCJN, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) anunciaba el inicio del proceso electoral 2016. En el marco de este evento, el Consejero Presidente del IEEPCO, Gustavo Meixueiro Nájera, dijo en entrevista que: “A pesar de la reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que invalida el decreto 1290 por el que se expidió la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado del Oaxaca promovida por el Congreso del Estado, el órgano local electoral cuenta con el marco normativo en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales para organizar de manera profesional las próximas elecciones en el estado”.

Entonces tenemos que, el IEEPCO se basará en dicha ley para regular el proceso electoral del 2016, pero, y las cuestiones de carácter local ¿cómo se regularán?.

Consultamos con el área de Comunicación Social del órgano electoral al respecto, y nos comentaron que el marco normativo que regirá las elecciones del próximo año, efectivamente, se basará en dos pilares fundamentales, esta ley y el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca. Éste último, al ser el que se utilizaba en el estado antes de la reforma estatal electoral, queda en lugar de la ley invalidada por la SCJN.

La pregunta lógica sería ¿qué sucederá cuando exista controversia entre la Ley y el Código? Al respecto,  dicha área nos explicó que, en caso de que se encuentre alguna cuestión de ese tipo, los consejeros y el consejero presidente se reunirán para discutir, y posteriormente votar un acuerdo, a fin de evitar confusiones en ese sentido.

A continuación, presentamos los enlaces para consultar de manera íntegra la Ley General de Instituciones y Procesos Electorales, y el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca.

Ley General: http://www.ieepco.org.mx/acuerdos/2014/LGIPE.pdf

Código de Instituciones: http://www.ieepco.org.mx/biblioteca_digital/legislacion/Cippeo_con_reforma_2012.pdf

Cabe hacer mención que el pasado 20 de octubre, Roberto Heycher, mencionó que el Instituto Nacional Electoral (INE) será quién dictará los lineamientos para las elecciones de 2016 en Oaxaca.

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