eloriente.net

30/mayo/2014

Por: Evelyn Zamora Ramírez*

Después del ya comenzado régimen de incorporación de la reforma fiscal el 1 de enero del 2014  ya es necesario que las personas físicas que tengan actividad empresarial con un ingreso menor a los 2 millones de pesos anuales declaren bimestralmente sus movimientos financieros, con impuestos que van más del 30 por ciento sobre su ingreso anual.

Adriana de la Rosa Martínez, catedrática del departamento de Finanzas y Negocios Internacionales del Tecnológico de Monterrey Campus Puebla, señaló que ahora las cuotas fijas desaparecen y se ha comenzado a incluir el “Régimen de Incorporación Fiscal”, especificado a personas con actividades empresariales.

“Las tasas que tendrán que pagar las personas físicas serán del 30, 31 y 32 por ciento con respecto a su ingreso considerado mayor a 500 mil y no más a 1 millón de pesos, así como los que tengan ingresos de 1 millón a 3 millones anuales su tasa será de 35 por ciento”, señaló.

Los contribuyentes podrán hacer pagos bimestrales y seguir las especificaciones dadas en la página de Servicio de Administración Tributaria en la que se especifican los pagos y deducciones, así mismo ya es necesario presentar los movimientos administrativos de su empresa.

Y es que de acuerdo con De la Rosa Martínez es necesario estar consiente e involucrarse con el nuevo sistema, así como adquirir una nueva cultura fiscal, para llevar un mayor control de las acciones, aun cuando se han visto poco beneficiados los pequeños contribuyentes, por los altos costos que les generara pagar.

Por su parte la catedrática añadió que sí se cuenta con un negocio ya establecido, cómo miscelánea, papelería u otro tipo de servicio aún se puede seguir trabajando con notas, pero será obligatorio registrar los movimientos contables en el Sistema de Registro Fiscal de Facturación Global.

Deducciones

Algunas de las deducciones que podrán realizar los contribuyentes serán devoluciones por descuentos, gastos, inversiones, por adquisición de materia prima, intereses pagados y pagos por el impuesto local, de ellas es necesario reunir requisitos para que sean validadas como deducciones.

 

Mtra. Adriana de la Rosa. Foto: Tec de Monterrey.

 


*Lic. Evelyn Zamora Ramírez. Trainee de prensa de la Dirección de Relaciones Institucionales del Tecnológico de Monterrey, Campus Puebla. Contacto: ezramirez@itesm.mx

 

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